Lo que dicen de nosotros - Opiniones sobre Concordia et Ius Palermo
Nuestro cuerpo
El Organismo de Conciliación Concordia et Ius srl está inscrito con el número 809 en el Registro de Organismos de Conciliación del Ministerio de Justicia, de conformidad con el Decreto Legislativo 28/2010 y sus modificaciones y adiciones posteriores. También está inscrito con el número 427 en la Lista de Instituciones de Formación de Mediadores acreditadas por el mismo Ministerio.
Concordia et Ius srl también ha ampliado sus servicios para incluir la resolución de litigios (ADR) y también gestiona la resolución de litigios en materia de consumo. En concreto, está inscrita en el Registro de Organismos de ADR de la Autoridad Reguladora Italiana.
Garantías de las Comunicaciones (AGCOM), de conformidad con el art. 141-octies del Código del Consumidor y el Anexo A de la Resolución 661/15/Cons con Determinación Directoral n.º 1/2023 de 3.5.2023, en la Lista de Organismos ADR - ART en el ámbito del Transporte con Prot. 2467/2023 y en la Lista de Organismos ADR-ARERA con el n.º 2/DACU/2023 y está registrada con acreditación en la Plataforma ODR de la Comisión Europea.
Testimonios reales de nuestros clientes en Palermo e Italia
A lo largo de los años, hemos ayudado a ciudadanos, empresas y profesionales a resolver disputas civiles, comerciales y de consumo de forma rápida, profesional y transparente.
A continuación se presentan sus experiencias y opiniones sobre el servicio de mediación ofrecido por Concordia et Ius.
A quién nos dirigimos
Concordia et Ius srl, el Organismo de Conciliación, se creó para promover la cultura de la mediación, con el fin de gestionar y buscar la resolución de litigios, tanto nacionales como internacionales, tanto civiles como mercantiles, incluyendo litigios societarios y de consumo, en todos los ámbitos donde la mediación sea legalmente requerida en relación con los derechos disponibles, entre particulares, entre empresas, entre asociaciones o entidades, entre empresas y consumidores, entre empresas y la administración pública, como alternativa y en apoyo a la vía judicial ordinaria. Su objetivo es servir como un organismo de mediación líder y de alto nivel profesional.
Otra filosofía
La propia naturaleza de la mediación exige que las partes estén normalmente presentes en la reunión con el mediador. De hecho, la institución busca reactivar la comunicación entre las partes para que puedan evaluar la posibilidad de una resolución consensuada del conflicto, evitando el recurso innecesario a los tribunales. Esto implica necesariamente la posibilidad de una interacción inmediata entre las partes ante el mediador. Además, el propósito principal de la mediación es precisamente reconocer a las personas como artífices del proceso de resolución de sus propios conflictos y recuperar la voz de las partes para un nuevo enfoque de la justicia, donde la comunicación entre las partes debe ser efectiva y no una mera formalidad completamente inadecuada para la función deflacionaria deseada por el legislador de acuerdo con los principios constitucionales y europeos.


