Cuando eres Consumidor

Página actualizada el 22/10/2024

Definición de Mediación en Materia de Consumo

La Mediación del Consumidor es un proceso de resolución de disputas que ocurre entre un Consumidor y un Profesional luego de un contrato sobre bienes y servicios.

  • En caso de problemas relacionados con la compra de un producto o servicio, independientemente de si se compró en línea o directamente en una tienda, el Consumidor puede recurrir a métodos de resolución de disputas extrajudiciales (la llamada "Resolución alternativa de disputas"). o “ADR”) regulados por artículos. 141 a 141 decies del Código del Consumidor.
  • Si el problema afecta a un producto o servicio adquirido online, los consumidores pueden presentar una reclamación a través de la plataforma ODR, gestionada por la Comisión Europea.
  • Si el bien o servicio fue adquirido en el extranjero, en la Unión Europea, Noruega o Islandia, en caso de problemas, el Consumidor puede contactar con el Centro Europeo del Consumidor (ECC-Net).

De este modo, los consumidores y las empresas tienen la oportunidad de resolver cualquier litigio nacional o transfronterizo relacionado con contratos de compraventa o de prestación de servicios a través de un procedimiento extrajudicial gestionado por un organismo de RAL, cuyo trabajo es supervisado por una autoridad competente.

Los litigios para los que es obligatorio intentar la mediación en materia de consumo ante un organismo acreditado son:

  • Controversias relativas al suministro y contratos de electricidad
  • Controversias relativas al suministro y contratos de gas para calefacción y cocina
  • Controversias relativas al suministro y contratos de agua y servicios de agua
  • Controversias relativas al suministro y contratación de servicios de telefonía móvil y fija
  • Controversias relativas al suministro y contratos de servicios de telecomunicaciones
  • Controversias relacionadas con la prestación de servicios y contratos de conectividad a Internet
  • Controversias relativas a contratos de televisión de pago
  • Controversias relativas al suministro y contratos de servicios postales
  • Controversias entre operadores económicos que gestionan redes, infraestructuras y servicios de transporte y usuarios o consumidores

Organismos de RAL en materia de Consumo

Los procedimientos de RAL son gestionados por organismos específicamente establecidos que operan en el sector de los consumidores (los llamados organismos de RAL). Los Órganos de RAL se definen como "cualquier organismo, independientemente de su denominación, establecido con carácter permanente, que ofrezca la solución de un litigio mediante un procedimiento de RAL y esté inscrito en la lista establecida por la autoridad competente" (art. 141, apartado 1). , letra h).

Las obligaciones, facultades y requisitos de los Organismos de RAL están regulados en el art. 141-bis del Código del Consumidor. A efectos de inscripción en la lista establecida por las autoridades competentes, los organismos de RAL deberán transmitir una serie de informaciones de conformidad con el art. 141 novelas.

Los procedimientos de registro y verificación del cumplimiento de los requisitos de estabilidad, eficiencia, imparcialidad y no onerosa del servicio para el consumidor están regulados por cada Autoridad competente (art. 141-decies).

Cómo elegir el organismo ADR

La elección del organismo de RAL con el que contactar se realiza en función del tipo de litigio que debe resolverse.

En este sentido, se pueden distinguir tres escenarios:


1. La controversia surge en relación con un producto o servicio que se encuentra en un sector regulado.

2. La disputa surge respecto de un producto o servicio comprado en línea.

3. La disputa surge respecto de un producto o servicio que fue adquirido en el extranjero,

en la Unión Europea, Noruega o Islandia.


Si el problema se refiere a un producto o servicio que pertenece a un sector regulado, el Consumidor podrá ponerse en contacto con la autoridad competente del sector correspondiente.

En virtud de la opción prevista en el art. 18 de la Directiva ADR, el Estado italiano ha optado por designar más de una autoridad competente en función del sector de referencia.

Las autoridades competentes de conformidad con el art. 141-octies son los siguientes:

  • El Ministerio de Justicia junto con el Ministerio de Desarrollo Económico con referencia a
  • Registro de Organismos de Mediación en materia de consumo a que se refiere el art. 16, párrafos 2 y 4 del decreto legislativo de 4 de marzo de 2010 n. 28.
  • El Ministerio de Justicia junto con el Ministerio de Desarrollo Económico con referencia a
  • Registro de Organismos de Mediación en materia de consumo a que se refiere el art. 16, párrafos 2 y 4 del decreto legislativo de 4 de marzo de 2010 n. 28;
  • La Comisión Nacional de Sociedades y Bolsa de Valores (CONSOB) a través del Árbitro de Controversias Financieras (ACF);
  • El Banco de Italia a través del Árbitro de Banca Financiera (ABF);
  • La Autoridad Reguladora de Energía, Redes y Medio Ambiente (ARERA);
  • La Autoridad Garante de Garantías de las Comunicaciones (AGCOM);
  • El Ministerio de Desarrollo Económico con referencia a las negociaciones conjuntas a que se refiere el art. 141-ter relativo a sectores no regulados, para los cuales las autoridades reguladoras independientes pertinentes no aplican o no adoptan disposiciones específicas, así como con referencia a los Órganos de Conciliación establecidos por las Cámaras de Comercio.
  • ART - Autoridad Reguladora del Transporte para la gestión de los procedimientos de conciliación obligatorios entre los operadores económicos que gestionan redes, infraestructuras y servicios de transporte y los usuarios o consumidores, de conformidad con el artículo 10 de la ley de 5 de agosto de 2022, n. 118, cerca del

Órganos de conciliación acreditados.

La lista de órganos de RAL se establece en cada autoridad competente, mediante decreto o disposiciones internas. Cada Autoridad competente prevé el registro, suspensión y cancelación de miembros y supervisa la Lista, así como los Organismos ADR individuales registrados, en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos por el Código del Consumidor.


Cada autoridad competente notifica cada actualización al Ministerio de Desarrollo Económico, que a su vez comunica la lista de las respectivas autoridades competentes a la Comisión Europea. La Lista y las actualizaciones son transmitidas a la Comisión Europea por el Ministerio de Desarrollo Económico como "punto de contacto único".

Nuestro organismo

El Servicio ADR en Asuntos del Consumidor del Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl ofrece la posibilidad de resolver controversias de carácter comercial que involucran a empresas y consumidores, y en particular aquellas que surgen de Internet y del comercio electrónico, sin límites en cuanto a la nacionalidad de las Partes. .

El Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl cuenta con Mediadores expertos en materia de consumo inscritos en el registro especial que lleva el Ministerio de Justicia, quienes para su funcionamiento han adquirido y deben mantener una formación específica en materia de consumo, asistiendo a los correspondientes cursos de formación especializada en esta materia, que les permitan realizar las siguientes actividades:

  • Gestión de procedimientos de conciliación obligatoria en materia de energía (electricidad y gas) y de conciliación voluntaria en materia de agua, ante los órganos de conciliación acreditados por la Autoridad Reguladora de Energía, Redes y Medio Ambiente (ARERA).
  • Gestión de procedimientos de conciliación obligatorios en materia de telefonía, Internet y televisión de pago ante los órganos de conciliación acreditados por la Autoridad de Garantía de las Comunicaciones AGCOM.
  • Gestión de litigios entre operadores económicos que gestionan redes, infraestructuras y servicios de transporte y usuarios o consumidores, de conformidad con el artículo 10 de la ley de 5 de agosto de 2022, n. 118 del ARTE.

La calificación del carácter consumista del litigio y su valor lo indica la Parte que presenta la solicitud. Para los procedimientos ADR expresamente regidos por disposiciones legales, este

El reglamento se aplica como compatible.

Los procedimientos de ADR regulados por este artículo no entran en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo. 28/2010.

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