Cuando eres un consumidor
Definición de mediación en materia de consumo
La Mediación de Consumidores es un proceso de resolución de disputas que ocurre entre un Consumidor y un Profesional después de un contrato de bienes y servicios.
Los consumidores y las empresas tienen así la oportunidad de resolver cualquier disputa nacional o transfronteriza, relativa a contratos de venta o prestación de servicios, a través de un procedimiento extrajudicial gestionado por un organismo ADR, cuyo trabajo es supervisado por una autoridad competente.
Los conflictos para los que es obligatorio realizar un intento de Mediación en materia de Consumo con un Organismo acreditado son:
Órganos ADR en materia de Consumo
Los procedimientos ADR son gestionados por organismos específicamente establecidos activos en el sector de consumo (los llamados organismos ADR). Los organismos ADR se definen como "cualquier organismo, independientemente de su denominación, establecido de manera permanente, que ofrece la resolución de una disputa a través de un procedimiento ADR y está registrado en la lista establecida por la autoridad competente" (art. 141, párrafo 1 , letra h).
Las obligaciones, facultades y requisitos de los Organismos ADR se rigen por el art. 141-bis del Código del Consumidor. A los efectos de la inscripción en la lista establecida por las Autoridades competentes, los Organismos ADR deben transmitir una serie de información de conformidad con el art. 141-novios.
Los procedimientos de registro y verificación del cumplimiento de los requisitos de estabilidad, eficacia, imparcialidad y la no onerosa tendencial del servicio para el consumidor se rigen por cada Autoridad competente (art. 141-decies).
Cómo elegir el organismo ADR
La elección del organismo ADR a contactar se realiza de acuerdo con el tipo de disputa a resolver.
En este sentido, se pueden distinguir tres escenarios:
1. La controversia surge en relación con un producto o servicio que se enmarca dentro de un sector regulado.
2. La disputa surja en relación con un producto o servicio comprado en línea.
3. La controversia surja en relación con un producto o servicio que fue adquirido en el extranjero,
en la Unión Europea, Noruega o Islandia.
Si el problema se refiere a un producto o servicio que se enmarca dentro de un sector regulado, el Consumidor puede dirigirse a la Autoridad competente del sector de referencia.
En virtud de la opción prevista en el art. 18 de la directiva ADR, el Estado italiano ha optado por designar más de una Autoridad competente en función del sector de referencia.
Las autoridades competentes de conformidad con el art. 141-octubres son los siguientes:
Organismos de conciliación acreditados.
Se establece una lista de Organismos ADR en cada Autoridad competente por decreto o disposiciones internas. Cada Autoridad competente prevé el registro, suspensión y cancelación de los miembros y supervisa la Lista, así como los Organismos ADR individuales registrados en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos por el Código de Consumo.
Cada Autoridad competente notifica cada actualización al Ministerio de Desarrollo Económico, que a su vez comunica la Lista de las respectivas Autoridades competentes a la Comisión Europea. El Ministerio de Desarrollo Económico envía la Lista y las actualizaciones a la Comisión Europea como un "punto de contacto único".
Nuestra organización
El servicio ADR en materia de consumo del órgano de conciliación Concordia et Ius srl -que se encuentra en proceso de acreditación ante las autoridades competentes- ofrece la posibilidad de resolver litigios de carácter comercial que involucren a empresas y consumidores, y en particular incluidos los derivados de
Internet y comercio electrónico, sin limitación en cuanto a la nacionalidad de las Partes.
El órgano de conciliación Concordia et Ius srl cuenta con mediadores expertos en materia de consumo inscritos en el correspondiente registro llevado por el Ministerio de Justicia, que han adquirido y deben mantener una formación específica en materia de consumo para poder operar, asistiendo al especialista correspondiente cursos de formación en esta materia, que les habiliten para realizar las siguientes actividades:
La clasificación de la naturaleza del consumidor de la disputa y su valor es indicado por la Parte que presenta la solicitud. Para los procedimientos ADR expresamente regidos por disposiciones legales, el presente
La regulación se aplica como compatible.
Los procedimientos ADR regidos por este artículo no entran dentro del ámbito del Decreto Legislativo 28/2010.
Órgano de conciliación acreditado por el Ministerio de Justicia.
Registrado bajo el nro. 809 del Registro de Órganos de Conciliación.
Registrado bajo el nro. 427 de la Lista de Instituciones de Formación
Código fiscal y número de IVA 01996100507
Dirección: Vía G. Sciuti, 164
90144 - Palermo
Correo electrónico: info@concordiaetius.it
Pec: concordiaetius@mypec.euTeléfono: 091 772 5986Fax: 091 772 5972
Registrado bajo el nro. 809 del Registro de Órganos de Conciliación
Registrado bajo el nro. 427 de la Lista de Instituciones de Formación
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Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
Alianza n.º 253111508
Sede legal: Via G. Sciuti, 164
90144 - Palermo
Correo electrónico: info@concordiaetius.it
Pec: concordiaetius@mypec.eu
Teléfono: +39 091 772 5986
Fax: +39 091 772 5972