ÓRGANO DE MEDIACIÓN INSCRITO EN EL N. 809 DEL REGISTRO DE ÓRGANOS DE CONCILIACIÓN Y EN EL N. 427 DE LA LISTA DE INSTITUCIONES DE FORMACIÓN ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA
ÓRGANO DE MEDIACIÓN INSCRITO EN EL N. 809 DEL REGISTRO DE ÓRGANOS DE CONCILIACIÓN Y EN EL N. 427 DE LA LISTA DE INSTITUCIONES DE FORMACIÓN ACREDITADAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA

Cómo convertirse en un mediador

¿Cuáles son los deberes y funciones de un Mediador?

El Mediador Civil y Comercial es un profesional experto en la resolución de controversias que surjan entre dos o más sujetos, con una fuerte capacidad de escucha y análisis para comprender cabalmente las necesidades de las partes y estimular el diálogo, con el fin de llegar a una solución pacífica.

El Defensor del Pueblo tiene la tarea de ayudar a las partes a resolver la controversia de manera pacífica, es decir, sin tener que recurrir a la vía civil. Este procedimiento extrajudicial es obligatorio para algunos sujetos.


¿Qué habilidades debe tener un mediador?

Las competencias del Defensor del Pueblo se pueden resumir en: mediación, orientación, acompañamiento, información, recepción.

El Mediador es un sujeto imparcial que trabaja para encontrar una solución alternativa a una disputa entre dos partes. Es un Profesional que reúne los requisitos de cualificación profesional e integridad útiles para poder ejercer la profesión.

El Defensor del Pueblo facilita la comunicación entre las partes en litigio, favoreciendo el surgimiento de sus intereses reales y facilitando así una solución amistosa del conflicto.

El Mediador también tiene el poder de formular una propuesta de solución que las partes son libres de aceptar.


¿Qué requisitos profesionales debe tener el Defensor del Pueblo?

Debe tener un diploma de escuela secundaria, asistió a un

curso de formación de al menos 50 horas en instituciones acreditadas por el Ministerio de Justicia y haber superado un examen destinado a determinar la aptitud y capacidad profesional del candidato en relación con la rama de mediación elegida.


¿Cuáles son las obligaciones del Defensor del Pueblo?

El Mediador y sus auxiliares tienen prohibido asumir derechos u obligaciones relacionados, directa o indirectamente, con el negocio que tramite, salvo los estrictamente relacionados con la prestación de la obra o servicio; tienen prohibido recibir compensación directamente de las partes.

El Defensor del Pueblo también está obligado a:

a) firmar, para cada negocio para el cual es designado, una declaración de independencia y

la imparcialidad según las fórmulas previstas por el Reglamento aplicable, así como los compromisos adicionales previstos por el mismo Reglamento;

b) informar inmediatamente al Supervisor del Organismo y a las partes de todas las circunstancias,

surgido durante el procedimiento, susceptible de afectar su independencia e imparcialidad;

c) formular propuestas de conciliación respetando los límites del orden público y las normas imperativas;

d) responder de inmediato a cualquier solicitud organizativa del Jefe del Organismo.

A petición de una de las partes, el Jefe del Órgano prevé la eventual sustitución del Mediador. El Reglamento identifica las distintas competencias para decidir sobre la solicitud, cuando la Mediación es ejercida por el Titular del Órgano.


¿Cómo inscribirse en el registro de mediadores civiles?

Los mediadores pueden inscribirse en el Registro de Organismos de Mediación solo después de haber completado el curso de formación impartido por los Organismos de Formación acreditados por el Ministerio de Justicia, e inscritos en la Lista correspondiente según lo previsto en el art. 18 del DM 18 de octubre de 2010 n. 180.


¿Dónde puede trabajar un Defensor Civil?

Una vez obtenida la habilitación, puede operar como Mediador en cualquier Organismo de Mediación, en los Consejos de los Órdenes Forenses, en las Cámaras de Comercio, en las Cámaras de Conciliación en los sectores de Banca, Telecomunicaciones, Prestación de Servicios, Transporte.


Cómo convertirse en un Mediador de la Organización

El órgano de conciliación Concordia et Ius pretende poner a disposición de las partes y de sus abogados los mediadores más expertos en la resolución de conflictos particulares.

Asume fundamental importancia el procedimiento de selección de los Mediadores más idóneos y su permanencia en el Órgano, que solicita un continuo feedback de las partes y abogados tras cada mediación.


Procedimiento

El Defensor del Pueblo que aspire a formar parte del Organismo, cumplimenta y envía el siguiente formulario, adjuntando un currículum vitae.

Posteriormente, teniendo los requisitos mínimos necesarios, se realizará una entrevista con el Gerente

del Cuerpo con la tarea de evaluar al aspirante a Mediador.

Si tiene éxito, participará en el curso de capacitación del Organismo para adquirir un método de mediación altamente calificado a través de una audición en algunas mediaciones (el número varía en función de la experiencia del Mediador) realizadas por diferentes Mediadores.

Se realizará una formación avanzada por parte de los mediadores expertos del organismo, sobre técnicas de mediación en las áreas de especialización y una entrevista a mediadores expertos para evaluar la preparación para el nombramiento en las primeras mediaciones.

A esto le seguirá el nombramiento en las primeras mediaciones y la actividad de coaching por parte de los Mediadores más experimentados durante estas mediaciones.

Habrá un debriefing posterior a cada mediación con los Mediadores más experimentados y la aprobación de la nominación solicitada por las partes en la instancia, se evaluará la tasa de éxito de las mediaciones gestionadas, a través de los cuestionarios de evaluación y retroalimentación de las partes.

Luego de la confirmación como Mediador, se llevarán a cabo discusiones y comentarios continuos entre los Mediadores.

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