Resolución de disputas en línea (ODR)
Página actualizada el 22/10/2024
Mediación telemática
La mediación podrá realizarse según los métodos telemáticos previstos por el Reglamento del Organismo, de conformidad con el art. 8-bis del Decreto Legislativo. 4 de marzo de 2010, n. 28.
Este servicio está disponible y es accesible para cualquier persona que posea una computadora con conexión a Internet y una cámara web; permite a las Partes solicitantes y a las Partes invitadas y/o a sus abogados y representantes seguir todo el procedimiento de Mediación vía videoconferencia, directamente desde su sede o estudio, sin necesidad de desplazarse físicamente a las oficinas del Órgano de Mediación.
El servicio de Mediación electrónica representa un método integrador y complementario del servicio de Mediación clásico que normalmente se realiza en presencia de las Partes. El procedimiento de mediación electrónica se activa mediante el envío de la solicitud de mediación en formato electrónico o en papel, debidamente cumplimentada, fechada y firmada.
El Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl utiliza una plataforma de acceso restringido con protocolos de seguridad cuyo estándar está definido por el protocolo de comunicación segura https. El servicio es accesible mediante registro, que se realiza siguiendo las instrucciones contenidas en el sitio web oficial del Órgano de Conciliación Concordia et Ius srl. Después del registro, se asigna al usuario un nombre de usuario y una contraseña personales y confidenciales, que utilizará para acceder al servicio. servicio y realización de la Mediación, en el día y hora establecidos.
El intento de conciliación se desarrolla en un área reservada de propiedad exclusiva a la que sólo pueden acceder las Partes, sus Abogados, el Mediador y el responsable del servicio, previa asignación de una contraseña confidencial y personal, que les es comunicada directamente por la secretaría vía correo electrónico. .correo electrónico y sigue siendo válido sólo para ese procedimiento específico. Por lo tanto, las credenciales de acceso, personales y secretas, se proporcionan a las Partes y al Mediador por correo electrónico o PEC, y permiten el acceso, en relación únicamente con la Mediación en curso, en el día y hora establecidos para cada sesión individual. Para cada Mediación individual, las credenciales anteriores se renovarán en cada sesión de Mediación.
El diálogo y la discusión entre las Partes en Mediación, con la presencia del Mediador, se llevan a cabo dentro de un sistema de conferencia web de audio/vídeo también equipado con una sala de chat, a través del cual usted puede resaltar sus solicitudes, evaluar posiciones mutuas e intentar llegar a , mediante la discusión, una solución satisfactoria para todas las partes interesadas.
Las Partes también tienen la posibilidad de hablar por separado con el Mediador de forma totalmente confidencial, y de transmitirle toda la documentación que deseen no ser revelada a la otra parte.
Cuando la Mediación se realiza electrónicamente, cada documento del procedimiento se forma y firma de conformidad con las disposiciones del Código de Administración Digital, a que se refiere el Decreto Legislativo del 7 de marzo de 2005, n. 82 y se puede enviar a través de PEC u otro servicio de entrega certificado calificado.
Para acceder al servicio es necesario el siguiente equipamiento mínimo:
- conexión a internet
- Micrófono
- Cámara web